Cartas al Director: Conmemoración Declaración Universal de los Derechos Humanos

La declaración Universal de los Derechos Humanos (DDHH) fue proclamada el 10 de diciembre de 1948, estableciendo por primera vez los derechos humanos fundamentales que deben protegerse en el mundo entero y que son un ideal en común para todos los pueblos y naciones.

Se entiende por DDHH a los derechos inherentes a todas las personas, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Durante los análisis previos a las elecciones presidenciales se ha centrado la discusión en los alcances de los DDHH, enfocándose principalmente en el derecho a la educación, migración, recursos naturales, entre otros. Pese a esto, resulta imprescindible analizar el derecho a la salud.

En este sentido, el Art. 25 de la declaración aborda el derecho a la salud estableciendo que: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia sanitaria y los servicios sociales necesarios”. Si nos detenemos a analizarlo, podemos inferir que la salud es más que la ausencia de enfermedad y que son muchos los componentes necesarios para lograr el bienestar.

La Observación General Nº14, relativa al derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud, señala que el derecho a la salud es un derecho inclusivo y que contempla no solo los cuidados sanitarios oportunos y apropiados, sino también factores sociales, políticos, económicos, ambientales y culturales que influirán, de manera positiva o negativa, en el estado de salud de las personas y, por lo tanto, en su calidad de vida.

Entender la salud bajo un enfoque de derecho, significa que el Estado está disponible a afrontar y corregir las desigualdades existentes en el sistema salud, orientando las políticas públicas a mejorar progresivamente el derecho al goce de la salud de las personas. Sin embargo, esto no solo implica acciones locales, sino que involucra la comunicación y cooperación activa con aquellos lugares (nacionales e internacionales) donde las brechas son aún más grandes.

En el contexto actual, resulta esencial la cooperación internacional para asegurar el acceso a la salud, la no discriminación y la calidad en la atención, y la disponibilidad de recursos que permitan acortar las distancias en relación con el manejo de la pandemia. No es posible el goce efectivo del derecho a la salud, si otras comunidades y otros países no pueden acceder a él. En conjunto con lo anterior, y entendiendo que una enfermedad es solo un componente de la salud, es necesario orientar nuestros esfuerzos hacia la equidad de los factores que influyen en ella y que permitan mejorar la calidad de vida de todas las personas y sus comunidades.

Arturo Flores Riquelme, Académico Universidad Andrés Bello

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