Hasta este 31 de mayo podrás postular a la exención del cobro Derechos de Aseo Domiciliado en la Municipalidad de Melipilla

Hasta este 31 de mayo se mantiene el plazo para postular a la exención del cobro Derechos de Aseo Domiciliario en la Dirección de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad de Melipilla. Postular antes de esta fecha es muy importante, ya que si lo hacen después, deberán pagar igualmente la primera cuota del cobro.

“Esta semana vence el pago de derecho de aseo domiciliario. Las viviendas que están por debajo de las 225 UTM están exentas del pago del derecho de aseo. El valor para los que pagan es de una UTM al año dividida en cuatro cuotas. Este viernes termina el vencimiento de la primera cuota, por lo tanto, se invita a los vecinos a acercarse a las cajas de la municipalidad, van a estar abiertas hasta el sábado -solo jornada en la mañana- para que puedan cumplir con este trámite. La jornada va a ser de atención mañana y tarde. Hay un tramo de contribuyente, dependiendo de la tasación de la vivienda que la pagan directamente las contribuciones”, aseguró Marcia Werchez, directora administración y finanzas.

Explicó que la exención tienen que pagarla directamente en la mencionada oficina municipal. “En la cuota primero de cuatro, nosotros tenemos acá un funcionario que está para atender y resolver consultas de las personas que tengan dudas. También recuerdo a aquellos que pueden ser beneficiarios de la exención que tienen hasta el 31 de mayo para acercarse a DIDECO y, en este caso, lo primero venir a informarse si son o no deudores de derecho de aseo”.

¿Quiénes pueden postular?

Vecinos residentes propietarios de un sólo bien inmueble. Además de quienes usen el bien en la calidad de arrendatario, usufructuario, titulares de derechos de uso y habitación, para lo cual deberá acreditarlo con la documentación correspondiente y que se encuentre en un tramo igual o inferior al 60% de mayor vulnerabilidad de acuerdo al Registro Social de Hogares.

Usuarios que padezcan una enfermedad catastrófica que afecte su desempeño funcional y que incida en una disminución de los ingresos familiares por gastos médicos o impida la generación de ingresos.

Las personas con discapacidad, jefas o jefes de hogar que vean afectados sus ingresos mensuales. Los jefes de hogar con hijos estudiantes de educación superior, ya sea en Universidades, Institutos o Centros de Formación Técnica, cuyo desembolso por concepto de gastos académicos correspondan o superen al 30% del ingreso familiar.

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